La Fundación Vida Silvestre Mediterránea ha presentado esta semana una queja a la Comunidad Europea (CE) para denunciar la tramitación por vía de urgencia de un proyecto de ley del Govern balear que pretende rebajar la protección medioambiental del Paraje Natural de la Serra de Tramuntana de Mallorca. Este proyecto de ley infringe las normativas comunitarias, nacionales y autonómicas al reducir la citada protección sin justificación científica alguna y sin la obligatoria participación ciudadana en la tramitación del proyecto, en un claro ejemplo de arbitrariedad, desviación y abuso de poder.
El denominado proyecto de ley de Evaluación Ambiental pretende dejar sin efecto una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB), dictada en septiembre de 2015, que prohíbe los usos recreativos y de ocio en las Zonas de Exclusión y Reserva Integral, es decir las zonas más sensibles para la conservación de la biodiversidad en la Serra de Tramuntana de Mallorca, precisamente en un escenario de creciente masificación turística y falta de medios por parte de la Administración para preservarla.
Asimismo, este proyecto infringe la normativa europea sobre participación ciudadana en la definición de políticas y medidas de protección medioambiental, infringe la normativa europea al rebajar la protección sin ninguna justificación científica que la sustente, más que la voluntad de intentar eliminar las Zonas de Exclusión (ampliando así los usos que los propietarios puede hacer de sus fincas), y deja sin efecto las medidas de protección recogidas en el Plan de Gestión de la RED Natura 2000 para garantizar la conservación de especies protegidas.
La Fundación denuncia la situación de precariedad e indefensión en la que esta propuesta coloca la protección de la Serra de Tramuntana y la preservación de su biodiversidad en general, al permitir usos como el turismo y excursionismo en zonas sensibles sin justificación normativa ni técnica alguna, afectando de manera directa a muchas especies autóctonas incluidas como prioritarias de conservación en la Unión Europea y que figuran en el Anexo I de la Directiva de Aves de la UE, como es el buitre negro, el halcón de Eleonor y el águila pescadora, entre otras.
Estas Zonas de Exclusión tienen máximo sentido en Mallorca al ser la única isla del mundo en la que vive y se cría el buitre negro. Desde que las zonas de exclusión fueran incorporadas, en el 2007, al Plan de Ordenación de Recursos Naturales en Baleares (PORN), la reproducción del buitre negro se ha triplicado en estas áreas.
Entre los espacios naturales más afectados se encuentra la finca de Ternelles, propiedad de la familia March, que cuenta con las mayores reservas medioambientales de la isla de Mallorca. Las zonas de máxima protección ambiental prohíben incluso a los propietarios el acceso a determinadas zonas de sus propias fincas y les obliga a preservar su fauna y flora en peligro de extinción.
Tras un largo proceso judicial, el Tribunal Superior de Justicia de las Baleares (TSJB) dictó una sentencia, el pasado mes de septiembre de 2015, que ratificaba la prohibición de los usos recreativos y de ocio en las zonas de exclusión de Ternelles. Pero poco después de conocerse la sentencia, el Govern balear propuso un proyecto de ley que modifica la Ley 5/2005 de Conservación de Espacios de Relevancia Ambiental (LECO) con el objetivo de rebajar la protección de dichas zonas sin ninguna base ni justificación científica y sin la obligatoria participación ciudadana en la tramitación del proyecto.
Tales irregularidades fueron denunciadas por la Fundación Vida Silvestre Mediterránea (FVSM), entre otras organizaciones, el pasado mes de mayo, al Parlamento balear al considerar que se estaban cometiendo infracciones absolutamente contrarias a la normativa europea y nacional “al tener como objetivo devaluar la conservación del Paraje Natural de la Serra de Tramuntana y eludir los procedimientos legales para el cambio de usos en espacios naturales sin ningún tipo de justificación o Informe de Impacto Ambiental con el fin último de dejar sin efecto la resolución judicial del TSJB” y en beneficio de la desprotección y el uso público donde existe un peligro inminente real para la conservación de las especies protegidas, lo que infringe así mismo la carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.